Ayudas para explotaciones agrícolas y ganaderas afectadas por sequía 2023

Plazo: 4 de septiembre a las 9:00 a 15 de septiembre de 2023 a las 17 horas.

Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.

La situación de extremada sequía que viene registrándose en Andalucía en los últimos meses está afectando de manera grave a la viabilidad económica y a la propia supervivencia de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas. Las consecuencias sobre los cultivos y sobre el ganado son completamente dramáticas, llevando a una situación límite a muchos productores.

De esta forma se han convocado Ayudas dirigidas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, pertenecientes a los siguientes sectores:

a) Porcino ibérico de cebo.

b) Apicultura.

c) Castaño.

d) Viñedo de vinificación.

 

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS:

Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis establecido en el Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, por lo que el importe total de las ayudas de mínimis concedidas a cualquier persona beneficiaria no podrá superar de forma global el importe de 20.000 euros en los tres últimos ejercicios fiscales.

Por razones de eficiencia y economía, para que el coste asociado a la gestión administrativa de la ayuda no sea superior al importe de la ayuda a conceder, el importe mínimo para poder ser beneficiaria de esta ayuda se establece en 300 euros.

 

1. Sector del porcino ibérico de cebo.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de unidades productivas de porcino, a fecha 31 de diciembre de 2022, de la clasificación genética «ibérico y sus cruces», de los regímenes «extensivo» y «mixto», de las siguientes clasificaciones zootécnicas:

  • Cebo.
  • Producción de ciclo cerrado.
  • Producción de ciclo abierto.
  • Tipo mixto.
  • Selección.
  • Multiplicación.
  • Capacidad reducida.

A efectos de determinar la dimensión de la unidad productiva, y el importe de la ayuda, se considerará el número de animales de la categoría «cebo» expresado en Unidades de Ganado Mayor (UGMs) que consten en Sistema Integral de Gestión Ganadera de Andalucía (SIGGAN) a fecha de 31 de diciembre de 2022. Para ello se utilizará la siguiente tabla de correspondencia:

  • En unidades productivas de sistema productivo «extensivo»: 0,16 UGM/animal de cebo.
  • En unidades productivas de sistema productivo «mixto»: 0,12 UGM/animal de cebo.
  • Importe unitario de la ayuda: 95 euros/UGM.

 

2. Sector de la apicultura.

  • Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas titulares de explotaciones apícolas clasificadas según su capacidad productiva como «Profesional» y disponer al menos de 150 colmenas a 31 de diciembre de 2022.
  • A efectos de cumplir el requisito de dimensión, y determinar el importe de la ayuda, se considerará el número de colmenas que consten en Sistema Integral de Gestión Ganadera de Andalucía (SIGGAN) a fecha de 31 de diciembre de 2022.
  • Importe unitario de la ayuda: 3 euros/colmena.

 

3. Sector del castaño.

  • A efectos de determinar la dimensión de la explotación, y el importe de la ayuda, se considerará la superficie declarada de castaño en la solicitud única de la PAC en la campaña 2023.
  • Importe unitario de la ayuda: 100 euros/hectárea.

 

4. Sector del viñedo de vinificación.

  • A efectos de determinar la dimensión de la explotación, y el importe de la ayuda, se considerará la superficie inscrita en el Registro Vitícola a fecha 27 de abril de 2023.
  • Importe unitario de la ayuda: 100 euros/hectárea.
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